Chapter 20 - El fantasma de la mina de plata

La paz conquistada por la comunidad del molino se vio amenazada nuevamente en el invierno de 1889, esta vez por un enemigo insidioso que no vestía toga de juez ni venía con caballeros armados: la especulación minera.
Una compañía de capital inglés y socios locales, la Compañía de Minas del Norte, adquirió los derechos de explotación de las antiguas galerías de plata abandonadas en la cabecera del valle. El proyecto requería el uso masivo de agua para el lavado del mineral y la instalación de una gran lavandería química en las inmediaciones del cauce superior.
El director de la compañía, un ingeniero extranjero llamado Míster Thomas, acompañado por un abogado de la capital que había sido antiguo socio de don Eduardo, se presentó en la Casa del Molino con un plano topográfico y una propuesta de compra.
—Ofrecemos una suma considerable por la finca y los derechos de agua, doña Constanza —dijo el abogado, desplegando los cheques bancarios sobre la mesa—. Diez mil pesetas de oro. Una cantidad con la que usted y su familia podrían comprar la mejor finca de la vega baja y vivir de rentas el resto de sus días.
Constanza no miró los cheques. Miró el plano donde la corriente limpia del río que alimentaba el huerto y la sierra aparecía marcada con una línea roja que terminaba en una balsa de decantación de residuos de mercurio.
—¿Qué pasará con el agua del río si instalamos su lavandería allá arriba? —preguntó Francisco, que permanecía de pie junto a la chimenea con los brazos cruzados.
El ingeniero extranjero respondió en un español castizo pero mecánico:
—El agua sufrirá un proceso industrial necesario, joven. No será potable en los primeros tres kilómetros, pero la compañía construirá un pozo artesiano para el consumo de la población.
—Un pozo artesiano que se secará en tres veranos —intervino Sebastián, que conocía la geología de la sierra—. Y el veneno del mercurio se filtrará en los acuíferos que riegan las huertas de trescientos campesinos. Nos ofrecen diez mil pesetas para que les vendamos el envenenamiento de nuestros vecinos.
El abogado de la compañía sonrió con frialdad condescendiente.
—Le aconsejo que reflexione, doña Constanza. La compañía cuenta con la concesión del Ministerio de Fomento. Si ustedes no venden de manera voluntaria, iniciaremos el procedimiento de expropiación forzosa por Causa de Utilidad Pública Industrial. Y entonces no recibirán ni una peseta de oro, solo el Justiprecio que fije el perito de la mina.
May you like
Constanza se levantó de su asiento. Se acercó a la ventana por donde se veía a Pedro y a los hermanos pequeños jugando con el perro en el patio limpio.
—Mi abuelo construyó esta casa con piedra del valle porque creía que las cosas hechas con las manos debían durar más que las hechas con dinero —dijo Constanza con voz pausada—. Si vendemos esta tierra por su oro, les estaremos enseñando a todos estos niños que el veneno es aceptable si viene acompañado de un cheque de la capital. Guarde sus papeles, abogado. La Casa del Molino no se vende, ni se expropia, ni se rinde ante sus lavanderías de mercurio.